Candidato que ocupe segundo lugar en elección de alcalde será concejal

¿Sabía usted que esta vez, cuando esté marcando el tarjetón para elegir alcalde o gobernador, también está participando en la elección de un nuevo concejal o diputado?

El candidato que obtenga mayor votación para Alcaldía se convierte en alcalde, el segundo tendrá un cupo en el concejo municipal; en el caso de elecciones de Gobernación, el que gane se convierte en gobernador, el segundo tendrá un cupo como diputado de la Asamblea.

¿Esto quiere decir que el Concejo y la Asamblea tendrá un cupo adicional? No. El número de concejales y diputados en cada ciudad seguirá siendo igual.

La resolución 2276 expedida por el Consejo Nacional Electoral, que reglamenta el procedimiento, las reglas y el derecho de los segundos en votación, hace esta advertencia.

“Dentro de las 24 horas siguientes a la declaratoria de elección de los cargos, los candidatos que ocuparon el segundo puesto en votación deberán manifestar por escrito su decisión de aceptar o no la curul a la que tienen derecho”.
“Si no se manifiesta el segundo en votos para la Gobernación o Alcaldía, en las 24 horas siguientes a la elección, la Comisión escrutadora empieza a hacer los escrutinios para otorgar las curules de los señores diputados y concejales, lo que quiere decir que ese segundo en votos ha perdido el derecho”

Por tanto, haga que su voto cuente, pues ahora la apuesta no es sólo por el primer puesto, sino también por el segundo.

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