Vigilancia y control por parte de la Policía Cundinamarca durante este fin de semana

El Departamento de Policía Cundinamarca, genera y refuerza controles en cuanto a estas medidas, llevando a cabalidad controles a vehículos, expendio y/o consumo de bebidas embriagantes y personas que transitan al interior de los municipios con el fin de prevenir y mitigar la expansión del COVID-19.

El Departamento de Policía Cundinamarca, junto a sus unidades del Modelo Nacional de Vigilancia Comunitaria por Cuadrantes, la Seccional de Investigación CriminalInfancia y Adolescencia, UNIPOL, el Grupo de Operaciones Especiales GOES y diferentes especialidades, despliegan dispositivos de control, dando cumplimiento al Decreto 002 del 04 enero de 2021.

El decreto expedido por la Gobernación de Cundinamarca establece toque queda, restricción de movilidad y prohibición de consumo y expendio de bebidas embriagantes desde el día 07 de enero hasta el día 11 de enero a partir de las 8:00 pm hasta las 5 am; en los 116 municipios del Departamento, con el objetivo de adoptar medidas transitorias de orden público para prevenir la propagación del Covid-19 en el Departamento de Cundinamarca.

Por tal motivo, se realizó una planeación del servicio haciendo cumplir las nuevas disposiciones de este decreto, mediante controles estrictos en vías principales y terciarias, desplegando un dispositivo de 4.100 hombres y mujeres a lo largo y ancho del departamento, mediante 167 áreas de prevención en zonas de mayor impacto, entre ellas peajes alrededor de la periferia de Bogotá. 

Los ciudadanos que no cumplan con el Decreto, se les realizará una orden de comparendo según corresponda; en el Código Nacional de Tránsito y Transporte se aplicará una orden de comparendo por la infracción C14 el cual hace referencia  a transitar en horarios o lugares no permitidos, que tiene como multa un valor de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, equivalente a $438.901 pesos y por el Código Nacional de Convivencia y Seguridad Ciudadana con una orden de comparendo por el artículo 35  numeral 2 que hace referencia a incumplir, desacatar, desconocer e impedir la función o la orden de Policía con una multa tipo 4 que hace referencia a 32 salarios mínimos diarios legales vigentes, equivalente a $936.320 pesos teniendo una sanción aproximada de $ 1.375.221 pesos.

Además, si se evidencia un establecimiento abierto al público vendiendo bebidas embriagantes fuera del horario establecido, se realizará la suspensión temporal de la actividad.

Tomado de Extrategia de Medios

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